El Gobierno avanza para redefinir el trabajo en las cárceles y limitar beneficios laborales

La reforma laboral aprobada por el Congreso abrió el camino para modificar el régimen de trabajo de las personas privadas de la libertad. El objetivo del Gobierno es evitar nuevos fallos judiciales que obliguen al Estado a pagar aguinaldo, vacaciones y jornadas completas a detenidos, y establecer un marco específico que diferencie el trabajo intramuros del empleo en libertad.

La iniciativa fue impulsada por orden del presidente Javier Milei y comenzó a delinearse durante la gestión de Patricia Bullrich en el Ministerio de Seguridad. Ahora, la ministra Alejandra Monteoliva quedó a cargo de avanzar en la reglamentación que redefinirá las condiciones bajo las cuales los presos realizan tareas dentro de las cárceles federales.

El punto central quedó plasmado en la Ley de Modernización Laboral, que establece de manera explícita que sus disposiciones no serán aplicables a las personas privadas de la libertad en contexto de encierro. Con esa cláusula, el Ejecutivo busca cerrar la puerta a interpretaciones judiciales que, en los últimos años, equipararon el trabajo carcelario con el regulado por la Ley de Contrato de Trabajo.

La decisión apunta directamente a revertir el impacto de fallos judiciales que, desde 2014, obligaron al Servicio Penitenciario Federal a reconocer derechos laborales plenos a los internos. Aquellas sentencias establecieron que los detenidos debían percibir salarios equivalentes al mínimo vital y móvil, cobrar jornadas completas aun cuando trabajaran menos horas y acceder a beneficios como aguinaldo y vacaciones, siempre que estuvieran disponibles para cumplir tareas.

Desde el Gobierno consideran que ese esquema desnaturalizó el sentido original del trabajo intramuros, pensado como una herramienta de resocialización y no como una relación laboral equiparable a la del mercado formal. En ese marco, aseguran que el nuevo régimen mantendrá una contraprestación económica considerada “digna”, alineada con estándares internacionales, pero sin extender derechos propios del empleo en libertad.

Además, la reforma derogó artículos de la Ley de Ejecución de la Pena que vinculaban de manera directa el trabajo de los presos con la legislación laboral común. Con ese respaldo legal, el Ejecutivo confía en que los reclamos judiciales futuros no prosperen y en poder establecer reglas claras y definitivas para el trabajo en las cárceles.

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