La Cámara de Lomas de Zamora habilitó la aplicación de la ley de imputabilidad desde los 14 años
La Sala 1 de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal anuló la cautelar que había suspendido durante 60 días la aplicación de la nueva normativa. Los jueces consideraron que la medida implicaba una intromisión en las facultades de otro poder del Estado.

La nueva Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil quedó nuevamente habilitada para su aplicación en la provincia de Buenos Aires luego de que la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocara la medida cautelar que había suspendido su entrada en vigencia durante 60 días.
La resolución fue dictada por la Sala 1, integrada por los jueces Miguel Carlos Navascués y Miguel María Alberdi. Los magistrados consideraron que la decisión de la jueza Marta Elba Pascual constituía “una intromisión indebida en las facultades de otro poder del Estado” y cuestionaron que hubiera suspendido de manera general la aplicación de una ley mediante una medida cautelar.
La norma reduce de 16 a 14 años la edad de punibilidad y había sido sancionada por el Congreso Nacional. Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora y presidenta del Tribunal Penal Juvenil Único, había dispuesto la suspensión a partir de un hábeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo.
En su fallo, la Cámara sostuvo que la jueza se había basado en supuestos abstractos y que no había acreditado una afectación concreta y actual sobre un adolescente determinado. También señaló que las leyes sancionadas conforme a los mecanismos establecidos cuentan con una presunción de legitimidad y que su eventual neutralización debe producirse mediante una declaración de inconstitucionalidad en un caso concreto.
Los camaristas aclararon que la decisión no implica desconocer las condiciones de los jóvenes privados de su libertad. Si una situación concreta agravara sus condiciones de encierro, indicaron, el juez a cuya disposición se encuentre el adolescente podrá disponer medidas urgentes.
El fallo se conoció mientras avanzaban tres pedidos de juicio político contra Pascual en el Senado bonaerense. Las presentaciones fueron realizadas por el diputado provincial Manuel Passaglia, el senador Guillermo Montenegro y el abogado Alfredo Drocchi, quienes plantearon un presunto mal desempeño de la magistrada.
La reforma impulsada por el Gobierno nacional había establecido un plazo de 180 días para adaptar las estructuras de detención de menores y otras instituciones a la nueva normativa.
